Marco Jurídico de la Producción Organica
MARCO JURÍDICO DE LA PRODUCCIÓN ORGANICA
Cambio climático
Aspectos productivos
La regulación de la producción orgánica en el Perú, la creación de para cautelar a
MARCO NORMATIVO
Se busca que el marco normativo este armonizado entre los países que ocurre la importación y exportación
Ley
Los reglamentos técnicos, tienen son documentos
La ley de la promoción orgánica y ecológica de la producción, ley 29196,
Los productos, orgánicos, biológicos y ecológicos, en la legislación peruana no tienen una diferenciación, por lo tanto, son sinónimos.
Entidades y los roles que cumplen en la producción orgánica
- SENASA participa en la fiscalización de la producción.
- MINISTERIO DE AGRICULTURA Y RIEGO es el ente rector de la actividad orgánica.
- INIA se encarga de la investigación de esta área.
- LA DIRECCIÓN GENERAL DE NEGOCIOS AGRARIOS, se encarga del fomento y promoción de esta actividad.
Hay muchas definiciones de esta actividad, pero la dictaminada por la ley termina siendo, la actividad orgánica es toda aquella actividad agropecuaria que se sustenta en sistemas naturales que busca mantener y recuperar la fertilidad de los suelos, la diversidad biológica y el manejo adecuado del agua, excluyendo el uso de los agroquímicrganismos bios de síntesis y descarta el uso de biomodificados.
Estadísticas del 2014 (proporcionado por organismos de certificación)
- 65000 productores
- 400085 ha (área dedicada a esta actividad, se incluye a las áreas en proceso de transición y áreas ya certificadas)
Principales productos orgánicos en el 2015-Perú
- Banano (Piura y Tumbes)
- Café
- Cacao
- Quinua
- Castaña (recolección silvestre-Madre de Dios)
Reglamento técnico de productos orgánicos, disposiciones concernientes a:
- Transición a la agricultura orgánica
- Producción orgánica vegetal
- Producción orgánica animal
- Recolección silvestre
- Aprovechamiento de recursos silvestres
- La producción orgánica en Apicultura
- Prohibición de Organismos vivos modificados (OVM)
- Se ocupa del procesamiento, rotulado y empaque
- El proceso de certificación, en nuestro país solo existe la conocida como la tercera parte, y es expedida por los organismos de certificación que se encuentren debidamente registrados en el SENASA. Con esto se quiere dar a conocer que el Ministerio de Agricultura NO REALIZA el proceso de certificación a los sistemas de producción orgánica que se dan en el país.
- El control de calidad y la responsabilidad
- Las consideraciones sociales en la producción orgánica
- La comercialización de productos orgánicos
Capítulo II
- La agricultura orgánica debe entender como una forma de hacerla, incentivando todos los sistemas de vida que existen en el medio. El uso racional de los recursos entre ellos el hídrico.
- Promover la producción de alimentos inocuos, optimizando sus propiedades nutritivas.
- Minimizar las formas de contaminación.
Capítulo III
- Establecer lineamientos que orienten e incentiven la producción, certificación, transformación, etiquetado, etc. de productos orgánicos.
- Garantizar la transparencia e idoneidad en los procesos de certificación de los productos orgánicos.
Capítulo IV
- El campo de aplicación de esta norma es a nivel nacional, en este se establecen los requisitos mínimos que deben ser cumplidos.
Capítulo V
- Este explica la transición hacia una agricultura orgánica en la cual se establece el período de transición desde que se deja de utilizar productos prohibidos, y se inicia el trabajo con técnicas de producción orgánica, hasta lograr la certificación
- Los requerimientos para la transición parcial,
Capítulo VI
- El uso de semillas, estás deben proceder de una unidad certificada y no deben ser organismos vivos modificados y evitar el uso de químicos en la desinfección.
- Fertilidad del suelo, se prohíbe el uso de las excretas humanas. Uso de aguas servidas.
- Se prohíbe el uso de plaguicidas químicos de síntesis y la quema de la biomasa, pues se quiebran los ciclos biogeoquímicos.
Capítulo VII
- Reproducción animal, se debe minimizar el sufrimiento y estrés en el animal.}
- Se prohíbe el destete precoz.
- Se puede dar la reproducción natural. (no transferencia de embriones)
Capítulo VIII
- Recolección silvestre, se deben cumplir todos los requisitos dados por los organismos correspondientes en el área que se vaya a llevar a cabo.
- Se presenta un plan de manejo.
Capítulo IX
- Procesos de transformación se debe mantener la inocuidad, la calidad de la integridad del producto y debe ser separado en tiempo y espacio de los productos no orgánicos para así evitar cualquier contaminación.
- El etiquetado debe darse en todas las etapas de la cadena productiva hasta la comercialización.